PAGO EN EFECTIVO

ACLARACIONES SOBRE EL LÍMITE DEL PAGO EN EFECTIVO: 1.000€

  • Introducción

Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal: www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-11473.

Desde el 11 de julio de 2021: bajada del límite de los pagos en efectivo que se fija en 1.000€. Anteriormente, era de 2.500€.

Este límite solo es aplicable cuando, al menos, una de las partes intervinientes en la operación tenga la condición de empresario o profesional. De forma indirecta, afecta a los particulares. Éstos estarán obligados a pagar a aquéllos mediante transferencia bancaria aquellas operaciones de cuantía igual o superior a 1.000€.

No obstante, este límite podrá llegar a los 10.000€, o su equivalente en moneda extranjera, siempre que el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su residencia fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

  • Aclaraciones

Sin perjuicio de existir en la web de la AEAT las preguntas del programa INFORMA:
Preguntas frecuentes “Limitación de pagos en efectivo”: INFORMA Relación de Capítulos (agenciatributaria.gob.es).